3. Edad Media y Renacimiento

Imagen 6. Autor: Desconocido. Dominio público

Desmembrado y desaparecido el Imperio romano, en los primeros siglos de la Edad Media (ss. V-XV) el concepto estatalista de ciudadanía se diluye para dar paso a una visión tan novedosa como individualista de persona jurídica. El desarrollo de la tradición iusnaturalista fue la respuesta filosófica con que los autores cristianos enfocaron la defensa de la dignidad humana desde el campo del Derecho.

El iusnaturalistmo cristiano (en latín, ius: derecho, natura: naturaleza) permitía la salvaguarda de los derechos naturales del ser humano al defenderse como premisa mayor, y acorde con las tesis del estoicismo, que existen unos principios idénticos que están presentes en la naturaleza de todas las personas. Aunque fue el apóstol San Pablo, en su Epístola a los Romanos, el que pone los cimientos del iusnaturalismo cristiano al subrayar que la ley de Dios está inscrita en toda la Naturaleza, será realmente el dominico Santo Tomás de Aquino quien ampliará esta idea apoyándose en el concepto de Ley eterna de San Agustín.

Para Tomás de Aquino la ley natural es universal. Y es universal no solo porque la ley natural se predica por igual de todos los seres humanos, sino también porque dicha ley es inmutable e idéntica para todo tiempo y lugar, al emanar de la ley divina. Relacionada con la ley natural, la ley positiva, es decir, la ley que hacen los seres humanos, debe estar acorde con la esencia de la ley natural y no transgredir, so pena de generar injusticia, los principios de humanidad natural.

Icono IDevice Pre-conocimiento

Si se llegó a a discutir en el Concilio de Nicea (585 d. C.) si la mujer tiene o no alma, en la Alta Edad Media un marido podía cometer un uxoricidio, esto es, matar con total impunidad a su mujer desde la simple sospecha de adulterio.

La situación de indefensión de la mujer en la Edad Media está acorde con la posición social que ocupaba. No era lo mismo pertenecer a la nobleza que ser una campesina, aunque en general la mujer vivía siempre en condiciones de inferioridad legal.

En la página enlazada puedes conocer más sobre la condición de las mujeres en la Edad Media.

Imagen 7. Autor: Desconocido. Dominio público  

El desarrollo urbano medieval tiene su continuidad en el Renacimiento, especialmente en las Ciudades-Estado italianas, donde se desarrolla, y como consecuencia del florecimiento de la burguesía, el status de ciudadanía, hasta el límite de que los maestros de los gremios profesionales, que tenían capacidad económica para pagar impuestos, podrán participar en los asuntos públicos.

Los gremios eran estructuras jerárquicas, de origen medieval, que controlaban el acceso y el desarrollo de determinado tipo de profesiones. Y los maestros de los gremios constituían una minoría con derechos y privilegios especiales.

Imagen 8. Autor: J. Müllerchen. Licencia Creative Commons 2.0.

Icono IDevice Objetivos
Visita este enlace si quieres saber más sobre los gremios y su estructura (aprendices-oficiales-maestros).

Imagen 9. Autor: Tiziano. Dominio público

Los ciudadanos de las Ciudades-Estado renacentistas se sustentaban sobre una organización civil elitista y minoritaria. Tanto era así que, en una ciudad de, p. e., 80.000 habitantes, podía haber unos 1.000 ciudadanos, entre los que no se contaban ni los integrantes del pueblo (obreros, artesanos, pequeños comerciantes, campesinos, mujeres...).

Sobre la tarea del tema:

En la Edad Media y en el Renacimiento no se producen avances en el concepto político de ciudadanía. Este hecho lo deberás recoger en la tarea.